Debes activar el Buzón Tributario antes del 1 de enero de 2025, de lo contrario, podrías enfrentarte a multas económicas de hasta 11 mil 500 pesos. 😨
Aprende en este artículo cómo realizar el proceso de activación de manera sencilla, conoce quiénes están obligados y por qué es importante cumplir con esta medida a tiempo.
¿Para quién es una opción y quién esta excento de habilitar su buzón tributario?
🍋¿Quiénes tienen la opción de habilitar el Buzón Tributario?
Existen casos en los que el Buzón Tributario es opcional. En estos casos, el contribuyente tiene la libertad de decidir si desea o no habilitarlo. Entre los contribuyentes que tienen esta opción se encuentran aquellos que hayan recibido ingresos por sueldos y salarios, así como por asimilados a salarios en el ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando dichos ingresos no superen los 400 mil pesos. De ser así, la activación del Buzón Tributario es voluntaria.
Además, las personas físicas sin actividad económica o que se encuentren en una situación fiscal de suspendidos también tienen la opción de activar su buzón, pero no están obligadas.
🍋¿Qué situaciones fiscales permiten la exención del Buzón Tributario?
La exención de la obligación de activar el Buzón Tributario aplica a los contribuyentes que se encuentran en situación fiscal de cancelados en el RFC. Estas personas, tanto físicas como morales, están completamente exentas de la habilitación del Buzón Tributario, ya que su estatus fiscal ya no requiere de comunicación electrónica con el SAT .
También se excluyen de esta obligación aquellos que no han emitido CFDI de ingresos ni recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses.