🍋Limón Villalobos & Asociados
En México, un contribuyente puede ser sujeto a prisión en materia fiscal si incurre en ciertos delitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y en el Código Penal Federal (CPF). Las situaciones en las que se puede enfrentar una pena de prisión están relacionadas con conductas fraudulentas y evasión fiscal.
Algunas de las situaciones más comunes en las que un contribuyente puede ser sujeto a prisión en materia fiscal incluyen:
1. Defraudación Fiscal (CFF, Artículo 108)
La defraudación fiscal se da cuando un contribuyente, con el fin de evadir el pago de impuestos, omite información o presenta datos falsos en sus declaraciones fiscales. Esto incluye la omisión de ingresos, la deducción de gastos inexistentes, o la presentación de información incorrecta para disminuir el monto de impuestos a pagar.
Fundamento:
- Código Fiscal Federal, Artículo 108::
Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. La omisión total o parcial de alguna contribución a que se refiere el párrafo anterior comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales.
El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:
I. Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $2,236,480.00.
Cantidad de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023
II. Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $2,236,480.00 pero no de $3,354,710.00.
Cantidades de la fracción compiladas por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizadas DOF 27-12-2022. Compiladas DOF 29-12-2023
III. Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $3,354,710.00.
Cantidad de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023
2. Evasión de Impuestos (CFF, Artículo 108)
La evasión fiscal implica un intento deliberado de no pagar impuestos mediante el ocultamiento de ingresos o la manipulación de documentos fiscales. Esta evasión puede ser de tipo doloso (intencional) o por no cumplir con las obligaciones fiscales, como no presentar declaraciones o eludir el pago de impuestos de manera continuada.
Fundamento:
- Código Fiscal Federal, Artículo 108:
El delito de defraudación fiscal y los previstos en el artículo 109 de este Código, serán calificados cuando se originen por:
a).- Usar documentos falsos.
b).- Omitir reiteradamente la expedición de comprobantes por las actividades que se realicen, siempre que las disposiciones fiscales establezcan la obligación de expedirlos. Se entiende que existe una conducta reiterada cuando durante un período de cinco años el contribuyente haya sido sancionado por esa conducta la segunda o posteriores veces.
c).- Manifestar datos falsos para obtener de la autoridad fiscal la devolución de contribuciones que no le correspondan.
d).- No llevar los sistemas o registros contables a que se esté obligado conforme a las disposiciones fiscales o asentar datos falsos en dichos sistemas o registros.
e) Omitir contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas
f) Manifestar datos falsos para realizar la compensación de contribuciones que no le correspondan.
g) Utilizar datos falsos para acreditar o disminuir contribuciones.
h) Declarar pérdidas fiscales inexistentes.
i) Utilizar esquemas simulados de prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, descritas en el artículo 15-D, penúltimo párrafo, de este Código, o realizar la subcontratación de personal a que se refiere el primer y segundo párrafos de dicho artículo.
j) Simular una prestación de servicios profesionales independientes a que se refiere el Título IV, Capítulo II, Sección IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, respecto de sus trabajadores.
Inciso adicionado DOF 12-11-2021
k) Deducir, acreditar, aplicar cualquier estímulo o beneficio fiscal o de cualquier forma obtener un beneficio tributario, respecto de erogaciones que se efectúen en violación de la legislación anticorrupción, entre ellos las erogaciones consistentes en dar, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes o servicios, a servidores públicos o terceros, nacionales o extranjeros, en contravención a las disposiciones legales.
Inciso adicionado DOF 12-11-2021
3. Simulación de Actos Jurídicos (CFF, Artículo 69-B)
La simulación de actos jurídicos para obtener beneficios fiscales indebidos, como la creación de empresas ficticias o la venta simulada de bienes, puede generar responsabilidades penales.
Fundamento:
- Código Fiscal de la Federación, Artículo 69-B: establece que quienes simulen actos o negocios jurídicos para evadir impuestos pueden ser sujetos a investigaciones y, dependiendo de la gravedad, a sanciones penales.
4. Incumplimiento de Obligaciones Fiscales (CFF, Artículo 111)
El incumplimiento reiterado de las obligaciones fiscales también puede dar lugar a sanciones, aunque la prisión es menos común en casos de simple negligencia o falta de pago, pero si el incumplimiento es grave, persistente y hay intención de evadir el pago de impuestos, puede haber consecuencias penales.
Fundamento:
- Código Fiscal de la Federación, Artículo 111: regula las sanciones por el incumplimiento de las disposiciones fiscales, y en casos de fraude grave o reincidencia, el contribuyente podría ser sujeto a prisión.
5. Uso de Comprobantes Fiscales Falsos (CFF, Artículo 113-Bis)
Emitir o utilizar facturas falsas con el objetivo de disminuir el pago de impuestos es un delito fiscal que puede derivar en una pena de prisión.
Fundamento:
- Código Penal Federal, Artículo 113-Bis: quienes utilicen facturas falsas para evadir impuestos pueden enfrentar una pena de prisión de 2 a 9 años.
Resumen:
Las principales situaciones en las que un contribuyente puede ser sujeto a prisión en materia fiscal están relacionadas con la defraudación fiscal, el uso de documentos falsos, la evasión de impuestos mediante fraude, la simulación de actos jurídicos, y el uso de empresas ficticias para evadir el pago de impuestos. Las sanciones penales varían, pero pueden ir desde 2 hasta 9 años de prisión dependiendo de la gravedad de la conducta.
Es fundamental que los contribuyentes se mantengan al día con sus obligaciones fiscales y eviten realizar cualquier acto que pueda considerarse fraude o evasión fiscal.